Publicación técnica

Due diligence fiscal: análisis de riesgos antes de una operación empresarial

Una due diligence fiscal gana valor cuando alcance, documentación, materialidad y efectos contractuales se ordenan antes de emitir conclusiones.

Alejandro Pérez Hernández. Revisado el 2026-07-29.

Resumen ejecutivo

La due diligence fiscal se orienta a identificar riesgos, contingencias y asuntos de negociación antes de una operación empresarial. No equivale por defecto a revisar todos los aspectos de la operación: su utilidad depende del trabajo acordado, la documentación disponible y la conexión entre hallazgos y decisión.

Esta guía es orientativa. Una due diligence real exige carta de encargo, alcance definido, documentación suficiente y revisión profesional del caso.

Ámbito de aplicación

  • Operación empresarial con información fiscal, contable y contractual disponible.
  • Alcance pactado antes de revisar conclusiones.
  • Trabajo orientado a riesgos y decisiones, no a certificar ausencia de contingencias.

Firmado y revisado

Alejandro Pérez Hernández · Responsable profesional de A&G Tax Consulting

Especialización: Fiscalidad de no residentes · Due diligence fiscal

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Publicado el 2026-07-27 · Revisado el 2026-07-29

Qué es una due diligence fiscal

Es un proceso de revisión que busca identificar riesgos fiscales, contingencias, asuntos pendientes y puntos que pueden afectar a precio, garantías, estructura o calendario de una operación.

No parte de una conclusión predeterminada. Parte de una pregunta de negocio y de una base documental que debe revisarse con método.

Para qué operaciones

  • Compra de participaciones sociales o acciones.
  • Compra de activos con posible exposición fiscal asociada.
  • Entrada de inversores o financiación relevante.
  • Reorganizaciones societarias.
  • Operaciones con exposición fiscal acumulada.
  • Preparación interna antes de una negociación o revisión externa.

Alcance, periodos y limitaciones

El alcance depende de la operación, los periodos revisados, los impuestos sensibles, la documentación disponible y la carta de encargo. Sin alcance claro, el informe tiende a mezclar hallazgos menores con riesgos realmente relevantes.

También deben documentarse las limitaciones: información no entregada, periodos no revisados, salvedades de materialidad y asuntos que requieren una revisión posterior más profunda.

Tributos y áreas revisadas

  • Impuesto sobre Sociedades, bases imponibles negativas, deducciones y ajustes extracontables.
  • IVA o IGIC, conciliaciones, prorratas, facturación y regularizaciones.
  • Retenciones e ingresos a cuenta.
  • Tributos locales cuando afecten a inmuebles, actividad o contingencias.
  • Operaciones vinculadas y soporte documental.

Información contable

Balances, cuentas de resultados, mayores, conciliaciones y cierres ayudan a conectar declaraciones fiscales con realidad contable. La revisión fiscal pierde calidad si no puede reconciliar cifras relevantes.

  • Cierres contables de los periodos revisados.
  • Mayores de cuentas fiscales y de gasto sensible.
  • Conciliaciones entre contabilidad y declaraciones.
  • Detalle de provisiones, contingencias, aplazamientos y saldos con Administraciones Públicas.

Procedimientos, inspecciones y deudas

Los requerimientos, comprobaciones, inspecciones, recursos, aplazamientos o deudas aplazadas deben revisarse de forma separada. No basta con saber que existen: importa cuantía, fase, probabilidad e impacto contractual.

En una operación empresarial, las deudas tributarias, aplazamientos, garantías o procedimientos abiertos pueden afectar a condiciones de cierre, precio, retenciones de precio o cláusulas de indemnidad.

Créditos fiscales y operaciones vinculadas

Bases imponibles negativas, deducciones, créditos fiscales y operaciones vinculadas requieren soporte documental suficiente. Si el soporte es débil, el riesgo puede afectar a valoración, garantías o condiciones de cierre.

Materialidad, probabilidad e impacto

Criterios para ordenar hallazgos.
CriterioPregunta de controlUso en el informe
CuantíaEl importe puede afectar a precio o garantías?Priorizar riesgos económicamente relevantes.
ProbabilidadEl riesgo es remoto, posible o probable?Separar alertas de contingencias principales.
ImpactoAfecta a caja, contrato, calendario o reputación?Conectar fiscalidad con decisión de negocio.
DocumentaciónExiste soporte suficiente?Identificar documentación pendiente o debilidad probatoria.

Matriz de riesgos

Ejemplo de matriz de riesgos fiscal.
RiesgoProbabilidadImpactoRecomendación
Retenciones no conciliadasMediaMedioReconciliar modelos, contabilidad y justificantes antes de cerrar conclusiones.
Crédito fiscal sin soporte completoMediaAltoRevisar origen, plazo, documentación y uso previsto en la operación.
Operación vinculada sin documentación suficienteMediaAltoAnalizar materialidad y documentar política o valoración antes de negociar garantías.
Procedimiento tributario abiertoVariableAltoSeparar fase, cuantía, probabilidad e impacto contractual.

Entregables

  • Informe ejecutivo con riesgos principales y asuntos abiertos.
  • Matriz de riesgos con probabilidad, impacto y recomendación.
  • Listado de documentación pendiente.
  • Diferencias entre riesgos aceptables, mitigables y bloqueantes.
  • Anexo documental o índice de evidencias revisadas, cuando el alcance lo permita.

Garantías contractuales

Los hallazgos fiscales relevantes pueden trasladarse a manifestaciones, garantías, indemnidades específicas o retenciones de precio. La due diligence no redacta por sí sola el contrato, pero ayuda a identificar qué riesgos conviene llevar a negociación.

Cuando el riesgo es cuantificable o está ligado a un procedimiento abierto, el tratamiento contractual debe coordinarse con la parte legal y con la información disponible.

Condiciones precedentes y ajustes de precio

Algunos riesgos no bloquean necesariamente la operación, pero sí pueden exigir documentación adicional antes del cierre, regularización previa, certificado, cancelación de deuda, confirmación de crédito fiscal o ajuste económico.

La matriz fiscal debe distinguir entre asuntos de precio, condiciones precedentes, garantías posteriores y riesgos aceptados por el comprador o inversor.

  • Ajuste de precio cuando el riesgo tiene efecto económico estimable.
  • Condición precedente si falta un documento crítico antes del cierre.
  • Indemnidad específica cuando el riesgo se acepta pero se reserva contractualmente.
  • Revisión posterior si la evidencia disponible no permite concluir.

Due diligence fiscal frente a auditoría

Una auditoría busca emitir una opinión bajo un marco técnico específico. Una due diligence fiscal, salvo que se pacte otra cosa, se centra en riesgos útiles para una operación. El alcance, la evidencia y la forma de concluir son distintos.

Ejemplos prácticos

Caso hipotético de revisión antes de una compra

Caso hipotético revisado, sin datos reales ni importes identificativos.

Supuestos del ejemplo

  • Sociedad objetivo con tres ejercicios revisados antes de una compra de participaciones.
  • La documentación recibida incluye declaraciones fiscales, balances, contratos principales y detalle de procedimientos abiertos.
  • Existen bases imponibles negativas, operaciones vinculadas y un requerimiento abierto.
  • El comprador necesita decidir si ajustar precio, pedir garantías específicas o exigir documentación antes del cierre.

Operaciones

  • Se solicita documentación fiscal, contable y contractual por periodos revisados.
  • Se contrasta Impuesto sobre Sociedades, IVA o IGIC, retenciones, deudas, créditos fiscales y operaciones vinculadas.
  • Se identifican riesgos: crédito fiscal sin soporte completo, retenciones no conciliadas y documentación de operación vinculada insuficiente.
  • Se clasifican hallazgos por materialidad, probabilidad e impacto.
  • Se prepara matriz con riesgos principales, documentación pendiente y recomendación.
  • Se propone trasladar los asuntos críticos a garantías, condición precedente documental y posible ajuste de precio.

El informe no certifica ausencia de riesgos; ayuda a decidir qué riesgos aceptar, mitigar, negociar, documentar antes del cierre o investigar con mayor profundidad.

Checklist relacionada

Fuentes oficiales

Errores frecuentes

  • Empezar sin alcance, periodos ni materialidad definidos.
  • Confundir listado documental con análisis de riesgos.
  • No reconciliar declaraciones fiscales con contabilidad.
  • No revisar procedimientos abiertos, aplazamientos o deudas.
  • No conectar hallazgos fiscales con contrato, precio o garantías.
  • Presentar conclusiones cerradas sin documentación suficiente.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia existe entre due diligence y auditoría?

No. Puede utilizar técnicas de revisión, pero su finalidad habitual es identificar riesgos para una operación, no emitir una opinión de auditoría.

¿Qué periodos se revisan?

Depende del alcance pactado, la operación y los impuestos sensibles. Lo habitual es delimitar periodos antes de pedir documentación y dejar visibles las limitaciones.

¿Qué ocurre si falta documentación?

No siempre. Puede iniciarse con una base ordenada y una lista clara de información pendiente, siempre que las limitaciones queden visibles.

¿Cómo se priorizan los riesgos?

Se priorizan combinando materialidad, probabilidad, impacto y calidad de la evidencia disponible. La matriz ayuda a separar alertas menores de riesgos negociables.

¿Qué entregables se reciben?

Según alcance, pueden recibirse informe ejecutivo, matriz de riesgos, listado documental pendiente, recomendaciones y asuntos fiscales que conviene trasladar al contrato.

¿Puede afectar al contrato?

Sí. Un hallazgo fiscal puede traducirse en garantía, indemnidad, condición precedente, ajuste de precio, retención de precio o revisión adicional antes del cierre.

¿Se revisan todos los impuestos?

Solo si el alcance lo prevé. La revisión debe delimitar tributos, periodos, sociedades, operaciones y documentación disponible para no prometer una cobertura absoluta.

¿Los riesgos fiscales siempre bloquean una operación?

No. Algunos se aceptan, otros se mitigan, otros se negocian mediante garantías o ajustes y otros requieren revisión adicional.

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