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Convenio España-Estados Unidos
Residencia, cláusula de ciudadanía, rentas, pensiones, dividendos, intereses y doble imposición.
International Desk
Fiscalidad España-Estados Unidos para ciudadanos estadounidenses residentes en España, españoles con patrimonio en EE. UU., jubilados, inversores, expatriados, empresarios y familias internacionales.
Hub técnico revisado el 2026-08-05. Contenido orientativo basado en fuentes oficiales.
Destinatarios
Ciudadanos estadounidenses residentes en España, españoles con patrimonio en Estados Unidos, jubilados, inversores, expatriados, empresarios y familias con activos, rentas o sucesiones conectadas con ambos países.
Servicios
Criterio editorial
El desk no ofrece respuestas automáticas: cada materia se trabaja desde hechos, residencia, ciudadanía, documentación, convenio, normativa española y fuentes oficiales estadounidenses.
Guías disponibles
Cada guía combina fuentes oficiales, casos orientativos, preguntas frecuentes propias y derivación a revisión profesional cuando el expediente ya está preparado.
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Residencia, cláusula de ciudadanía, rentas, pensiones, dividendos, intereses y doble imposición.
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Distribuciones, tributación en España, Modelo 720, Patrimonio y sucesiones.
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Funcionamiento, distribuciones, 1099-R, retenciones, planificación y documentación.
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Prestaciones estadounidenses, convenio, totalización, retenciones y prueba documental.
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Form 8938, intercambio de información, IGA España-EE. UU. y diferencias con Modelo 720.
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FinCEN Form 114, cuentas extranjeras, umbral agregado y relación con FATCA y Modelo 720.
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Acciones, ETFs, fondos, dividendos, retenciones, treaty rates y doble imposición.
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Estate tax, ISD, bienes situados en EE. UU., documentación y planificación patrimonial.
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Residencia española, ciudadanía estadounidense, Modelo 720, FATCA/FBAR, Social Security y patrimonio.
Casos prácticos anonimizados
Persona con ciudadanía estadounidense que vive en España, cobra Social Security y conserva cuentas en ambos países.
La revisión separa residencia fiscal española, obligación estadounidense por ciudadanía, artículo de pensiones y Seguridad Social del convenio, retenciones y documentación anual.
SSA-1099 o certificado equivalente, declaraciones estadounidenses, certificado de residencia, extractos de cuentas, retenciones y cronología de estancia.
Preparar una matriz de rentas y créditos antes de decidir cómo integrar la prestación en España y cómo mantener cumplimiento en Estados Unidos.
Contribuyente residente en España que recibe o planifica distribuciones de una IRA tradicional abierta en Estados Unidos.
Debe revisarse si la distribución es renta, qué parte puede estar gravada, qué retención existe, cómo se corrige doble imposición y si el activo genera obligaciones informativas.
Form 1099-R, statements del custodio, historial de aportaciones, retenciones, valor anual, beneficiarios y declaraciones previas.
Separar el tratamiento de la distribución, la valoración patrimonial y las obligaciones informativas, evitando usar FATCA o Modelo 720 como sustitutos de la renta.
Familia residente en España con brokerage estadounidense, acciones, ETFs, dividendos y posible obligación de declarar activos exteriores.
El caso cruza retención estadounidense, convenio de dividendos, IRPF español, Modelo 720, Patrimonio y documentación de coste y valores.
Broker statements, Form 1042-S o 1099, dividendos, retenciones, valores de cierre, coste de adquisición y moneda.
Crear una ficha por activo o cuenta para conciliar renta, retención, valor patrimonial y obligación informativa.
Persona que conserva vivienda, familia o actividad en Estados Unidos y pasa largos períodos en España.
El convenio y la normativa interna deben revisarse junto con la regla estadounidense de ciudadanía o residencia fiscal estadounidense.
Calendario de días, viviendas disponibles, contratos, familia, actividad, declaraciones, certificados y documentación migratoria.
No cerrar residencia por intuición: preparar expediente de hechos y aplicar primero normas internas, después convenio y por último mecanismos de corrección.
Fundador con sociedad o actividad en Estados Unidos que valora trasladar residencia personal y parte de la operativa a Canarias.
Conviene revisar residencia, posible establecimiento o actividad en España, dividendos, salario, equity, cuentas, FATCA/FBAR y potenciales incentivos canarios solo si hay sustancia real.
Cap table, contratos, nómina o dividendos, funciones reales, cuentas, fiscalidad estadounidense, estructura societaria y plan de presencia en Canarias.
Dividir la revisión en residencia personal, renta recurrente, patrimonio exterior, sociedad y fase canaria, sin mezclar incentivos con cumplimiento básico.
Recursos preparados
Índice editorial preparado para convertir el hub y las guías en dossier descargable.
Versión HTML imprimible disponible en la checklist US Desk.
Mapa de diferencias preparado como recurso posterior, sin cálculo activo ni ruta de herramienta.
Plantilla conceptual para ordenar IRA, Roth IRA, 401(k), Social Security y beneficiarios.
Criterios preparados para comparar patrones de residencia, patrimonio y empresa con Italy Desk, Germany Desk y UK Desk cuando esas rutas públicas estén disponibles en la rama activa.
FAQ general
Sí. La ciudadanía estadounidense no impide que España considere residente fiscal a la persona si cumple los criterios internos españoles.
No. Estados Unidos puede mantener obligaciones fiscales por ciudadanía aunque la persona sea residente fiscal en España.
Hay que revisar normativa interna, convenio, cláusula de ciudadanía, residencia, créditos y documentación del ejercicio.
No automáticamente. Ayuda a repartir potestades y a corregir doble imposición, pero exige clasificar renta y probar impuestos pagados.
Es importante, pero debe cuadrar con hechos, período, convenio y formularios exigidos por cada administración.
No necesariamente. España revisa el año natural completo y Estados Unidos tiene su propio año y reglas de filing.
No por sí solo. Es una pieza documental, pero la residencia fiscal se decide con normas tributarias y hechos.
No. Canarias forma parte de España; puede afectar a otros impuestos o incentivos, pero no crea una residencia fiscal separada.
Puede ocurrir. La cuestión técnica es determinar qué renta tributa dónde y cómo se acredita o corrige la doble imposición.
Un calendario anual de presencia, viviendas, familia, actividad, rentas y certificados fiscales de ambos países.
Si el contribuyente es residente fiscal en España, deben revisarse en la renta española junto con la retención estadounidense y el convenio.
No necesariamente. Puede ser solo una retención en origen que luego debe integrarse y acreditarse correctamente.
El convenio puede limitar tipos en determinadas rentas, pero hay que cumplir requisitos formales y de beneficiario efectivo.
Pueden requerir revisión como valores, cuentas o productos financieros situados o custodiados fuera de España.
Sí. Para ventas y ganancias patrimoniales, el coste, fecha, moneda y gastos son piezas básicas.
No. Es documentación estadounidense útil, pero debe adaptarse a las reglas españolas aplicables.
El convenio y la normativa interna deben revisarse por tipo de interés, pagador y documentación del beneficiario.
Si el transmitente es residente en España, normalmente debe revisarse la ganancia en España, sin perjuicio del convenio y de reglas especiales.
Sí. La conversión de dólares a euros debe ser coherente y documentada para renta, patrimonio y obligaciones informativas.
Sí. Puede haber dividendos, intereses, valores de cierre, Modelo 720, Patrimonio o información estadounidense.
No. Su funcionamiento estadounidense es distinto y en España conviene revisar aportaciones, distribuciones, rendimientos y prueba del custodio.
No debe presumirse. Hay que revisar la distribución, el convenio, la naturaleza del producto y la normativa española.
Es un plan de jubilación de empleador estadounidense que debe analizarse por plan, distribución, retención, rollover y documentación.
Ayuda, pero deben revisarse importes brutos, retenciones, tipo de distribución, base y conversión de moneda.
Pueden afectar si generan cobros o distribuciones durante la residencia fiscal española.
No conviene asumirlo. Debe revisarse si hay cobro, transferencia entre planes, disponibilidad o renta según España.
Debe revisarse con el convenio, la residencia y la tributación estadounidense aplicable al pago.
No. La SSA acredita prestaciones y reglas de cobertura, pero el tratamiento fiscal exige normativa tributaria.
Puede ser necesario revisar derechos, valor económico, disponibilidad y reglas del impuesto aplicable.
Sí. Fecha, residencia, retención, moneda y necesidad de liquidez pueden cambiar el resultado fiscal y documental.
Con carácter general debe revisarse la obligación personal por patrimonio mundial y las reglas autonómicas o estatales aplicables.
Puede entrar si el contribuyente es residente en España y se cumplen los límites y reglas del bloque de cuentas.
No hay que responder por etiqueta. Debe revisarse naturaleza jurídica, disponibilidad, valor, custodio y encaje en bloques informativos.
Puede requerir revisión para renta, Modelo 720, Patrimonio y sucesiones si el titular es residente fiscal en España.
Requiere análisis específico. Hay que identificar settlor, trustee, beneficiarios, control, rentas y documentación oficial.
Sí si intervienen residentes en España, bienes españoles, bienes estadounidenses o consecuencias posteriores en patrimonio exterior.
No. Son impuestos distintos y debe revisarse competencia, bienes, residencia y posible doble imposición.
No. Cada sistema tiene sus propias reglas, umbrales, sujetos y documentación.
Sí. Beneficiarios, joint accounts, transfer on death y formularios del custodio pueden cambiar la lectura sucesoria.
La documentación original puede estar en dólares, pero España suele exigir conversión a euros según el impuesto o modelo.
No. FATCA es un marco estadounidense de información; el Modelo 720 es una obligación informativa española.
No. Form 8938 se presenta ante IRS con la declaración cuando procede; FBAR se presenta electrónicamente ante FinCEN.
Una U.S. person con interés financiero o firma sobre cuentas extranjeras si el valor agregado supera el umbral oficial.
Puede afectar a ciudadanos o residentes fiscales estadounidenses con activos financieros fuera de Estados Unidos y a entidades financieras españolas bajo IGA.
Puede ser necesario, porque la obligación se basa en cuentas y valor agregado, no solo en renta generada.
No. Es un modelo español ante la Agencia Tributaria.
Puede hacerlo si se cumplen las condiciones oficiales de U.S. person, interés o firma y umbral agregado.
Cada obligación tiene reglas propias. Deben reconciliarse valores y fechas, no copiarse sin revisar.
Deben revisarse las instrucciones oficiales de cada obligación; esta guía no sustituye análisis sancionador.
Statements anuales, saldos máximos, valores de cierre, formularios presentados, confirmaciones y criterios de conversión de moneda.
BOE, AEAT, IRS, Treasury, FinCEN, SSA y normativa oficial aplicable.
No. Debe revisarse el artículo de impuestos comprendidos y distinguir renta, Seguridad Social, patrimonio y sucesiones.
Sí. El convenio permite a Estados Unidos gravar por ciudadanía en determinados términos, por lo que debe leerse con especial cuidado.
Es un mecanismo previsto en el convenio para determinados casos de imposición no conforme, con reglas y requisitos propios.
No. FATCA y FBAR son obligaciones informativas estadounidenses con fuentes y procedimientos propios.
No. El Modelo 720 es una obligación española independiente, aunque el mismo expediente pueda incluir convenio y renta extranjera.
No. Son orientación oficial útil, pero el texto del convenio, protocolo y requisitos del caso son la base.
Sí. El protocolo modificó puntos relevantes del convenio y debe revisarse junto con el texto original.
Son documentación útil para pagadores o brokers, pero no cierran por sí solos el análisis fiscal español.
Cuando haya ciudadanía estadounidense, residencia española, jubilación, inversiones, sociedades, herencia, trusts o modelos informativos cruzados.